Ayudas del Ayuntamiento de Sevilla

El Ayuntamiento de Sevilla tiene ayudas propias, aparte de las de la Junta de Andalucía y del Estado. Las ayudas sociales de urgencia (ayudas económicas complementarias a la intervención social) las tramitan los Centros de Servicios Sociales municipales con…

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Datos comprobados en fuentes oficiales el 31/10/2026.

El Ayuntamiento de Sevilla tiene ayudas propias, aparte de las de la Junta de Andalucía y del Estado. Las ayudas sociales de urgencia (ayudas económicas complementarias a la intervención social) las tramitan los Centros de Servicios Sociales municipales con un profesional de referencia. Además, en 2026 hay ayudas al alquiler para jóvenes sevillanos que vuelven a la ciudad, bonos consumo con descuento para comprar en el comercio de barrio y subvenciones a comunidades de propietarios para instalar ascensores en Nazaret, Pajaritos y calle Cigüeña. Las ayudas a personas exigen estar empadronado en Sevilla.

Ayudas propias del ayuntamiento

  • Ayudas económicas complementarias a la intervención social 2026
  • Ayudas a personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado a Sevilla (2026)
  • Bonos consumo 2026
  • Subvenciones para instalar ascensores en Nazaret, Pajaritos y calle Cigüeña (2026)

Ayudas económicas complementarias a la intervención social 2026

Ayudas del Área de Barrios y Colectivos de Atención Preferente y Derechos Sociales para personas y familias en riesgo de exclusión o en urgencia y emergencia social. Pueden ser ayudas en dinero, ayudas para viviendas de Emvisesa o ayudas en especie (por ejemplo, comida a domicilio para mayores o electrodomésticos). Las normas 2026 las aprobó la Junta de Gobierno el 6 de febrero de 2026.

Requisitos

  • Ser mayor de edad o menor emancipado y estar empadronado y vivir en Sevilla (salvo casos acreditados de violencia de género, inmigración o domicilios que no se puedan acreditar).[1]
  • Que los ingresos mensuales de la unidad familiar, descontando el alquiler o la hipoteca, no superen: 900 € (1 persona), 990 € (2), 1.089 € (3), 1.197,90 € (4), 1.317,69 € (5), 1.449,49 € (6), 1.594,40 € (7), 1.753,84 € (8) o 1.929,22 € (9 o más). Es 1,5 veces el IPREM de 2025 más un 10 % por miembro.[1]
  • No tener más propiedades que la vivienda en la que vives y aceptar las condiciones de la intervención social (proyecto de intervención social o sociolaboral).[1]

Cuánto se cobra

  • La cuantía la fija el informe-baremo del profesional. El total de ayudas sociales municipales no puede pasar de 7.000 € por familia y año (un 10 % más por cada miembro desde el cuarto, hasta 10.000 €), salvo urgencia habitacional.[1]

Cómo se pide

  • Con el modelo del Anexo I y la documentación, en el Registro General del Ayuntamiento, en sus oficinas de asistencia en materia de registros o por el registro de la sede electrónica, por iniciativa propia o tras hablar con tu profesional de servicios sociales.[1]

Plazos

  • Se pueden pedir del 16 de febrero al 31 de diciembre de 2026, o hasta que se acabe el presupuesto.[2]

Ayudas a personas jóvenes emigrantes sevillanas que han retornado a Sevilla (2026)

Ayuda del Servicio de Juventud para pagar el alquiler de una vivienda o habitación a jóvenes nacidos en Sevilla capital que vivieron fuera y han vuelto. Se reparte por concurrencia competitiva con 82.000 € en 2026.

Requisitos

  • Tener entre 18 y 35 años (incluidos) al terminar el plazo de solicitud y haber nacido en Sevilla capital.[3]
  • Haber vivido fuera de la provincia de Sevilla al menos 1 año seguido y haber vuelto a la ciudad en los dos años anteriores al final del plazo, estando empadronado en Sevilla.[3]

Cuánto se cobra

  • Hasta 2.400 € para alquiler pagado entre el 27 de noviembre de 2025 y el último día del plazo de solicitud, por mensualidades completas. No se pagan fianza ni gastos de gestión.[3]

Cómo se pide

  • Con el modelo de solicitud de www.sevilla.org (sede electrónica, apartado Ayudas, Subvenciones, Becas y Premios), por el registro electrónico con certificado digital o en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de San Sebastián, 1).[3]

Plazos

  • 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Sevilla (convocatoria aprobada en septiembre de 2026).[4]

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Bonos consumo 2026

Bonos de 25 € para comprar en comercios de barrio de Sevilla adheridos (alimentación, textil, calzado, droguería y otros): tú pagas 15 € y el Ayuntamiento pone 10 €. Hay dos campañas en 2026 con 575.000 € cada una, mientras quede presupuesto.

Requisitos

  • Estar empadronado en Sevilla y tener 18 años cumplidos al publicarse la convocatoria.[5]
  • Estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Hacienda municipal y la Seguridad Social, y firmar una declaración responsable.[5]

Cuánto se cobra

  • 10 € de ayuda por cada bono de 25 €, con un máximo de 5 bonos por persona (hasta 50 € de ayuda por campaña). Los bonos son personales e intransferibles.[5]

Cómo se pide

  • Con el formulario de la web https://bonosevilla.es, donde también ves los comercios adheridos.[5]

Plazos

  • Primera campaña: solicitudes del 2 al 8 de junio de 2026. Segunda campaña: del 9 al 14 de diciembre de 2026.[6]

Subvenciones para instalar ascensores en Nazaret, Pajaritos y calle Cigüeña (2026)

Ayuda a fondo perdido de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente para que las comunidades de propietarios de bloques de viviendas del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada «Nazaret-Pajaritos-C/ Cigüeña» instalen ascensor. La convocatoria se aprobó el 7 de abril de 2026 con 1,9 millones de euros y es de concurrencia no competitiva.

Requisitos

  • La pide la comunidad de propietarios de un edificio de viviendas colectivas situado en el entorno Nazaret-Pajaritos-C/ Cigüeña.[7]
  • Tener presentada la Inspección Técnica del Edificio (ITE) con informe favorable y, si el ascensor va por fuera del edificio, un Estudio Previo aprobado antes de que acabe el plazo.[7]

Cuánto se cobra

  • Presupuesto máximo subvencionable: 250.000 € si el ascensor exterior obliga a modificar la escalera y 200.000 € si no. La ayuda nunca supera el coste real de la obra.[7]

Cómo se pide

  • Con la solicitud (Anexo II) de la web de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, que indica la documentación que hay que presentar.[7]

Plazos

  • Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Sevilla.[7]

Lo que conviene saber en Sevilla

  • Los Centros de Servicios Sociales y los servicios especializados municipales detectan las necesidades y son los que hacen la intervención técnica para las ayudas sociales.[1]
  • Para calcular si tienes ingresos insuficientes en las ayudas sociales, a tus ingresos se les restan el alquiler o la hipoteca y las cuotas de comunidad. Las becas educativas no cuentan como ingresos.[1]
  • Una persona mayor de edad que vive sola cuenta como una unidad familiar.[1]
  • Si la solicitud de ayuda social está incompleta, el Ayuntamiento te da 10 días para completarla.[1]
  • Las ayudas de ascensores son incompatibles con cualquier otra subvención de otra administración para la misma obra.[7]

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Preguntas frecuentes

¿Qué ingresos máximos piden los servicios sociales de Sevilla para dar una ayuda económica?

En 2026, 900 € al mes para una persona sola, 1.089 € para tres y 1.197,90 € para cuatro, descontando alquiler o hipoteca.[1]

¿Cuánto puedo recibir como máximo en ayudas sociales del Ayuntamiento de Sevilla en un año?

Hasta 7.000 € por familia y año entre todas las ayudas sociales municipales, que pueden subir hasta 10.000 € en familias grandes o más en urgencia habitacional.[1]

¿Cómo funcionan los bonos consumo de Sevilla?

Cada bono vale 25 €: tú pagas 15 € y el Ayuntamiento 10 €. Puedes comprar hasta 5 bonos en bonosevilla.es si estás empadronado y eres mayor de edad. La segunda campaña de 2026 es del 9 al 14 de diciembre.[5]

¿Hay ayuda al alquiler si vuelvo a Sevilla después de vivir fuera?

Sí, si naciste en Sevilla capital, tienes hasta 35 años, viviste al menos un año fuera de la provincia y volviste en los dos últimos años: hasta 2.400 € para el alquiler.[3]

¿Necesito estar empadronado para pedir ayuda social en Sevilla?

Sí, en general hay que estar empadronado y vivir en Sevilla, salvo casos acreditados de violencia de género, inmigración o domicilios que no se pueden acreditar.[1]

Ayudas de otros ayuntamientos

Cómo te las tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.
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