Comunicar cambios en el Ingreso Mínimo Vital
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para personas que viven solas y hogares con muy pocos ingresos y poco patrimonio. Completa lo que entra en casa hasta una «renta garantizada», que depende de cuántas personas sois y de cómo es el hogar. Se cobra mientras sigas cumpliendo los requisitos.
Lo que tienes que saber
- Tienes 30 días naturales para comunicar al INSS cualquier cambio en tu situación (ingresos, personas que viven en casa, trabajo, domicilio o padrón).[1]
- Para comunicar cambios hay un formulario oficial «Ingreso Mínimo Vital. Comunicación de Variaciones» (no uses el de solicitud). Se presenta por el portal de la Seguridad Social o en papel en un CAISS o por correo.[2]
- El cambio tiene efectos el día 1 del mes siguiente al hecho. Si te sube el IMV y lo comunicas fuera de plazo, la subida solo cuenta desde el mes siguiente a la comunicación.[3]
- El INSS también puede actualizar de oficio tu cuantía si detecta un cambio en tus circunstancias.[3]
- Para cambiar la cuenta bancaria donde cobras, tu banco puede comunicar el cambio al INSS en tu nombre. La cuenta tiene que estar a tu nombre.[4]
- Si renuncias al IMV, hay un formulario oficial «Ingreso Mínimo Vital. Renuncia a la Prestación». La renuncia extingue el derecho.[2]
Te la tramitamos
Más sobre Ingreso Mínimo Vital
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una persona sola en 2026?
Como máximo 733,60 € al mes, menos los ingresos que tuviste el año anterior. Si tienes una discapacidad del 65 % o más, la renta garantizada sube un 22 %.[5]
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí. Es compatible con trabajar. Además, en la revisión anual no cuentan los primeros 6.000 € que suban tus ingresos por trabajo, y de lo que pase solo cuenta la mitad.[6]
¿Qué pasa si en 6 meses no me contestan?
Se entiende denegada por silencio. Puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en 30 días.[7]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a3-8
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Servicios/34887/40968/7392fa45-b5db-43ce-b5fd-14f0ef6df73a/solicituddelingresominimovital
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-8
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cambiodecuentabancaria
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cuantias
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15764#ai-3
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a2-10