Calendario de pago del Ingreso Mínimo Vital
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para personas que viven solas y hogares con muy pocos ingresos y poco patrimonio. Completa lo que entra en casa hasta una «renta garantizada», que depende de cuántas personas sois y de cómo es el hogar. Se cobra mientras sigas cumpliendo los requisitos.
Lo que tienes que saber
- El IMV se paga una vez al mes, por transferencia a una cuenta de la que seas titular.[1]
- Después del primer pago, el banco tiene que tenerte el dinero disponible el primer día hábil del mes en que se paga y, como muy tarde, el día 4 de ese mes.[2]
- El primer mes que se cobra es el siguiente a la fecha de tu solicitud: el derecho nace el día 1 del mes siguiente.[1]
- Si cambian tus circunstancias, el nuevo importe se aplica desde el día 1 del mes siguiente al cambio. Las actualizaciones definitivas con datos de Hacienda tienen efectos del 1 de enero.[3]
- Si te suspenden el IMV, dejas de cobrar desde el día 1 del mes siguiente a la causa; si se resuelve, vuelves a cobrar desde el día 1 del mes siguiente.[4]
Te la tramitamos
Más sobre Ingreso Mínimo Vital
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una persona sola en 2026?
Como máximo 733,60 € al mes, menos los ingresos que tuviste el año anterior. Si tienes una discapacidad del 65 % o más, la renta garantizada sube un 22 %.[5]
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí. Es compatible con trabajar. Además, en la revisión anual no cuentan los primeros 6.000 € que suban tus ingresos por trabajo, y de lo que pase solo cuenta la mitad.[6]
¿Qué pasa si en 6 meses no me contestan?
Se entiende denegada por silencio. Puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en 30 días.[7]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-9030#a2-6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-8
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-9
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cuantias
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15764#ai-3
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a2-10