La unidad de convivencia en el Ingreso Mínimo Vital
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
El IMV es una prestación mensual de la Seguridad Social para personas que viven solas y hogares con muy pocos ingresos y poco patrimonio. Completa lo que entra en casa hasta una «renta garantizada», que depende de cuántas personas sois y de cómo es el hogar. Se cobra mientras sigas cumpliendo los requisitos.
Lo que tienes que saber
- La unidad de convivencia la forman todas las personas que viven en el mismo domicilio unidas por matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta el segundo grado (por sangre, afinidad o adopción), más los menores en guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.[1]
- Tiene que estar formada al menos 6 meses antes de pedir el IMV. Una misma persona no puede estar en dos unidades a la vez.[2]
- Puedes formar una unidad independiente aunque vivas con familiares si eres mujer víctima de violencia de género que ha dejado su domicilio, si has dejado tu casa al iniciar la separación o el divorcio, o si has perdido tu vivienda por desahucio o porque quedó inhabitable. En los dos últimos casos, solo durante 3 años.[3]
- Si convives con personas sin esos lazos de parentesco, solo puede cobrar el IMV quien esté en riesgo de exclusión acreditado por servicios sociales o por una entidad mediadora.[4]
- Desde el 10/04/2026: si se incorpora una persona nueva a tu hogar ya beneficiario, no hace falta esperar 6 meses. Tienes que comunicarlo con una declaración de su consentimiento; el INSS suspende el pago hasta revisar el expediente.[5]
- Desde el 10/04/2026: si alguien deja de vivir en el domicilio, los que se quedan no tienen que volver a cumplir los 6 meses de convivencia para la revisión.[2]
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra una persona sola en 2026?
Como máximo 733,60 € al mes, menos los ingresos que tuviste el año anterior. Si tienes una discapacidad del 65 % o más, la renta garantizada sube un 22 %.[6]
¿Puedo cobrar el IMV si trabajo?
Sí. Es compatible con trabajar. Además, en la revisión anual no cuentan los primeros 6.000 € que suban tus ingresos por trabajo, y de lo que pase solo cuenta la mitad.[7]
¿Qué pasa si en 6 meses no me contestan?
Se entiende denegada por silencio. Puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en 30 días.[8]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-2
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a7
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a9
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a1-8
- https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/cuantias
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15764#ai-3
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21007#a2-10