Revisión del grado de dependencia: cómo pedirla
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Es el sistema público que reconoce si una persona necesita ayuda de otra para las actividades de la vida diaria y en qué grado (I, II o III). Con el grado reconocido se aprueba un Programa Individual de Atención (PIA) que da derecho a servicios (ayuda a domicilio, centro de día, residencia, teleasistencia…) o, si no hay servicio, a una prestación económica. La cuantía depende del grado y de la…
Lo que tienes que saber
- Puedes pedir la revisión del grado tú, tu representante, o hacerla de oficio la administración.[1]
- Motivos: que hayas mejorado o empeorado, o que hubo un error de diagnóstico o al aplicar el baremo.[1]
- El PIA también se revisa a petición tuya, de oficio cuando lo prevea tu comunidad, o si te mudas a otra comunidad.[2]
- Se usa el mismo formulario de solicitud, marcando «revisión de grado de dependencia».[3]
Te la tramitamos
Más sobre ayuda a la dependencia
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por cuidar a un familiar dependiente?
Como máximo 455,40 € al mes en Grado III, 315,90 € en Grado II y 180 € en Grado I. Lo que te den depende de la capacidad económica de la persona y de tu comunidad.[4]
¿Cuánto tarda la dependencia?
La ley da 6 meses para resolver la prestación, pero en la práctica suele tardar más. El Imserso publica los tiempos medios por comunidad cada mes.[5]
¿Qué es el PIA?
El Programa Individual de Atención: el documento que decide qué servicio o prestación recibes entre los que corresponden a tu grado, contando con tu opinión.[2]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990#a30
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990#a29
- https://imserso.es/documents/20123/2321981/solisaadceml.pdf/31bcee91-ca33-5646-439e-33b7be73208e
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2013/12/27/1051/con
- https://imserso.es/autonomia-personal-dependencia/sistema-autonomia-atencion-dependencia-saad/preguntas-frecuentes/tramitacion-reconocimiento-situacion-dependencia-derecho-prestaciones-sistema