Plazos y cuándo se cobra la deducción por maternidad y el cheque guardería

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 87 €

Cuándo se puede pedir, desde cuándo se cobra y cuánto tiene el organismo para contestar.

Plazos

  • No hay plazo: puedes presentar el modelo 140 desde el momento en que cumples los requisitos.[1]
  • Si cambia algo que afecte al cobro (por ejemplo, te mudas al extranjero, al País Vasco o a Navarra, o renuncias), tienes 15 días naturales para comunicarlo.[1]
  • Si pierdes el derecho y más tarde lo recuperas, tienes que presentar un nuevo modelo 140.[1]

Duración y pago

  • Por hijos biológicos cuenta desde el mes de nacimiento hasta el mes anterior a que cumpla 3 años. Se mira la situación del hijo el último día de cada mes.[2]
  • Si Hacienda acepta tu solicitud, te paga cada mes desde el mes en que la presentaste (y, en su caso, desde el mes anterior).[3]
  • Una vez presentado el modelo 140 no tienes que repetirlo: sigues cobrando mientras tengas derecho. Hay que presentar una solicitud por cada hijo.[4]
  • Si no la pides por adelantado, la aplicas en tu declaración de la renta (casilla 0611). Si la cobraste por adelantado, pones lo cobrado en la casilla 0612. El incremento por guardería va en la casilla 0613. Datos del manual de la Renta 2025.[5]
  • La deducción reduce tu resultado de la renta aunque salga a devolver: se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva como si es negativa.[5]

Plazo para resolver y silencio

La Agencia Tributaria tiene 6 meses para resolver. Si no procede el pago anticipado, tiene que dictar una resolución expresa y motivada y notificártela.[6]

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Más sobre deducción por maternidad

Preguntas frecuentes

Estoy en paro, ¿puedo cobrar los 100 € al mes?

Sí, si en el momento del nacimiento cobrabas una prestación o un subsidio por desempleo. Si no lo cobrabas, también si después te das de alta y llegas a 30 días cotizados.[7]

¿Puede pedirla el padre?

Solo si la madre ha fallecido o si él tiene la guarda y custodia en exclusiva, y cumple los requisitos. Fuera de esos casos es solo de la madre y no se reparte con el padre.[8]

¿Tengo que presentar el modelo 140 todos los años?

No. Una vez presentado, Hacienda sigue pagando mientras tengas derecho. Solo tienes que avisar de los cambios en 15 días naturales.[4]

WhatsApp 620 001 166 · Te contesta una persona
Scroll al inicio