Tramita la beca general del Ministerio de Educación por WhatsApp
La convocatoria está cerrada ahora mismo. Te explicamos requisitos y cuantías, y si quieres te avisamos cuando se abra la siguiente para presentarla a tiempo. La concede: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (Dirección General de Planificación y Gestión Educativa); la tramitan las universidades y las administraciones educativas de las comunidades autónomas.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es la beca de carácter general del Ministerio de Educación
Es la beca del Estado para estudiar después de la ESO: Bachillerato, FP de grado básico, medio y superior, enseñanzas artísticas, deportivas y de idiomas, grado y máster universitario. Se concede según la renta y el patrimonio de tu familia y según tus notas. Puede incluir el pago de la matrícula universitaria, una cantidad fija por renta, por residencia y por buenas notas, la beca básica y una cuantía variable; lo que te toque depende de tu caso.
Requisitos principales
- Tienes que ser español o de un país de la Unión Europea. Si eres ciudadano de la UE (o familiar), tienes que ser residente permanente o trabajar por cuenta propia o ajena. Si eres de fuera de la UE se aplica la ley de extranjería. Estos requisitos se miran a 31 de diciembre de 2025 y no se exigen para la beca de matrícula.[1]
- No puedes tener ya (ni estar en condiciones de obtener) un título oficial del mismo nivel o superior al de los estudios para los que pides la beca, a 30 de septiembre de 2026 (artículo 15.a de la convocatoria; hay excepciones para máster y para créditos complementarios de grado).[1]
- Tienes que estar matriculado en el curso 2026-2027 en estudios postobligatorios con validez en toda España. No entran el doctorado, los títulos propios ni los estudios de especialización.[2]
- La renta de tu familia en 2025 no puede superar el umbral 3 según el número de miembros (por ejemplo, 40.773 euros para 4 miembros en el curso 2026-2027). Cuanto más baja es la renta, más componentes de beca puedes cobrar.[1]
- El patrimonio familiar a 31 de diciembre de 2025 no puede pasar ciertos límites. Por ejemplo, 47.200 euros de valor catastral corregido en inmuebles urbanos sin contar la vivienda habitual, o 1.900 euros de rendimientos del capital y ganancias patrimoniales. Si se superan, la beca se deniega aunque la renta sea baja.[1]
- Tienes que cumplir los requisitos académicos de tus estudios: matrícula mínima, nota de acceso o porcentaje de asignaturas, módulos o créditos aprobados el curso anterior, y no repetir curso en enseñanzas no universitarias.[3]
Todos los requisitos explicados →
Cuánto se cobra
- Cuantía fija ligada a la renta: 1.700 euros en el curso 2026-2027. Es para quien tiene renta familiar dentro del umbral 1 y estudia presencial o semipresencial con matrícula completa.[4]
- Cuantía fija ligada a la residencia: hasta 2.700 euros en 2026-2027, si tienes que vivir fuera del domicilio familiar durante todo el curso por la distancia y pagas alquiler, residencia o pensión. Se aplica el umbral 2 y nunca supera el coste real.[1]
- Cuantía por excelencia académica en 2026-2027: 50 euros con nota media entre 8,00 y 8,49; 75 euros entre 8,50 y 8,99; 100 euros entre 9,00 y 9,49; 125 euros con 9,50 o más (umbral 3).[4]
- Beca básica para estudios no universitarios: 300 euros en 2026-2027 (350 euros en Ciclos Formativos de Grado Básico). No se puede cobrar junto con la cuantía fija ligada a la renta.[1]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Para pedir la beca no tienes que adjuntar documentos, salvo que te los pidan después.[5]
- Necesitas el DNI o NIE de todos los miembros computables de la familia: en la solicitud se pone el número y el código IDESP o IXESP (o la fecha de caducidad) de cada uno, y todos firman autorizando que la Administración consulte sus datos de renta, patrimonio, residencia y familia. Sin esa autorización la beca se deniega.[1]
- Si dices que eres independiente, tienes que demostrar que tienes ingresos propios suficientes y que eres titular o inquilino de tu vivienda. Si no lo pruebas, se cuenta la renta de tu familia.[1]
- Para la cuantía de residencia tienes que acreditar gastos de alquiler de vivienda o de pensión, residencia de estudiantes o similar.[1]
- Si tienes derecho a deducciones (familia numerosa, discapacidad, familia monoparental, orfandad o hermanos que estudian fuera), rellénalo en la solicitud. La situación tiene que existir a 31 de diciembre de 2025 y en cualquier momento te pueden pedir los documentos originales.[1]
- Si te piden que corrijas algo o aportes un documento, tienes 10 días desde que recibes el requerimiento; si no contestas, se te tiene por desistido.[1]
Lista completa de documentos →
Plazos
- Curso 2026-2027: la solicitud se podía presentar del 7 de abril de 2026 (8:00) al 19 de mayo de 2026 (15:00, hora peninsular). La convocatoria decía 18 de mayo, pero se amplió un día por una incidencia técnica.[6]
- Fuera de plazo solo se admiten solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 si, después del 19 de mayo, fallece el sustentador principal de la familia o se jubila forzosamente (no por edad). En ese caso se presenta en la comunidad autónoma o en la universidad.[1]
- Del 7 al 28 de septiembre de 2026 hubo plazo para actualizar la solicitud (datos académicos, estudios, cuenta bancaria, alegaciones o documentos) en «Mis expedientes» de la sede electrónica.[7]
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Por internet, en la sede electrónica del Ministerio de Educación (sede.educacion.gob.es). Entras con tu DNI o NIE y una contraseña que creas al registrarte, o con certificado electrónico o Cl@ve. Si eres menor, firma tu padre, madre o tutor.[5]
- Pedir la beca y hacer los trámites no cuesta nada. Lo único que puede tener coste es el recurso contencioso-administrativo.[5]
- También se puede presentar en registros públicos, oficinas de Correos y consulados de España (artículo 16.4 de la Ley 39/2015). Al enviarla por internet, guarda el resguardo: si no terminas el envío, la solicitud no cuenta.[1]
- Para dudas, el Ministerio atiende en el teléfono 910 837 937.[3]
- El estado de tu solicitud se consulta en «Mis expedientes» de sede.educacion.gob.es, o en la unidad de becas de tu universidad o consejería dando tu NIF o NIE.[1]
Cuánto tarda la respuesta
La resolución definitiva se dicta en un máximo de 6 meses, contados desde que el Ministerio tiene la información necesaria para asignar la cuantía variable. Si no contestan, el silencio es negativo (se entiende denegada). Las notificaciones llegan a «Mis Notificaciones» de la sede, con aviso por correo electrónico.[5]
Con qué es compatible
- Solo puedes cobrar una beca de esta convocatoria, aunque estudies dos titulaciones a la vez. Es incompatible con otras becas o ayudas con la misma finalidad, públicas o privadas, salvo que se autorice la compatibilidad.[1]
- Sí es compatible con las ayudas complementarias que pongan las comunidades autónomas u otras administraciones con su propio presupuesto, con las becas de colaboración y con las becas Erasmus y similares.[1]
- Las becas de residencia de MUFACE son compatibles, salvo con la cuantía ligada a la residencia. Darte de alta en la Seguridad Social por hacer prácticas no te quita la beca.[1]
- Si cobras a la vez una beca incompatible, tendrás que devolver la beca.[1]
Si te la deniegan
- Si te notifican una propuesta de denegación (por ejemplo, tras cruzar tus datos con Hacienda), tienes 10 días para presentar alegaciones.[5]
- Contra la resolución definitiva (las listas publicadas en la web del Ministerio) puedes poner un recurso de reposición en 1 mes, o ir directamente al contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en 2 meses, desde el día siguiente a la publicación. También puedes recurrir si te han dado menos de lo que te corresponde.[1]
- Si tu solicitud no aparece en la lista definitiva de beneficiarios, se entiende denegada por el mismo motivo que te dieron en la propuesta de denegación.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Tienes que usar la beca para estudiar: matricularte, ir a clase, presentarte a los exámenes y aprobar al menos el porcentaje mínimo de asignaturas o créditos.[8]
- Tienes que comunicar si anulas la matrícula, si cambia algo de lo que se tuvo en cuenta para darte la beca y si recibes otra beca o ayuda para lo mismo.[1]
- Si cambias de estudios, tienes que declarar que ya fuiste becario en años anteriores.[1]
- Tienes que aceptar las comprobaciones: se revisan al menos el 5 % de las becas concedidas y, si hubo datos falsos u ocultos, la beca se modifica y se devuelve.[1]
Guías sobre beca de carácter general del Ministerio de Educación
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir la beca del Ministerio ahora, en octubre de 2026?
Para el curso 2026-2027, no: el plazo cerró el 19 de mayo de 2026. Solo se admiten solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2026 si después de esa fecha falleció el sustentador principal o se jubiló forzosamente. Tendrás que esperar a la convocatoria 2027-2028.[1]
¿Qué año de ingresos miran para la beca 2026-2027?
Los de 2025: la renta y el patrimonio de tu familia en el ejercicio 2025 y la situación familiar a 31 de diciembre de 2025.[3]
Si suspendo, ¿tengo que devolver la beca?
En la universidad, si no apruebas al menos el 50 % de los créditos (40 % en Ciencias y en enseñanzas técnicas), devuelves todo menos la matrícula. En Bachillerato o FP, si no apruebas el 50 % o faltas a más del 20 % de las clases, devuelves toda la beca.[1]
¿Tengo que presentar papeles al pedirla?
No. La solicitud se hace por internet y el Ministerio consulta tus datos con Hacienda y otros organismos. Solo tendrás que aportar documentos si te los piden; tienes 10 días para hacerlo.[5]
Vivo en Cataluña, ¿dónde pido la beca general?
Desde el curso 2026-2027, si tu domicilio familiar está en Cataluña, la pides en la convocatoria de la Generalitat de Cataluña, no en la del Ministerio.[7]
¿Me pueden dar beca si me matriculo de menos de 60 créditos?
Sí, con 30 créditos o más: tienes la beca de matrícula y la cuantía variable mínima. Con 48 a 59 créditos también puedes cobrar 350 euros de renta y hasta 350 de residencia (curso 2026-2027).[1]
- https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/894743/document/1422191
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-9261
- https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/que-necesitas.html
- https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-5713
- https://www.educacionfpydeportes.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/general/05/050130/ficha/050130-2026.html
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-B-2026-16327
- https://www.becaseducacion.gob.es/novedades.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-821