Qué hacer si te deniegan la Renta Garantizada de Navarra

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Si te deniegan la ayuda, la resolución tiene que decir el motivo, el recurso que cabe y el plazo. Esto es lo que dice la norma.

Qué puedes hacer

  • La resolución que deniega, modifica o extingue la Renta Garantizada se puede recurrir conforme a la normativa foral de la Administración de Navarra y el procedimiento administrativo común. Mira al pie de tu resolución qué recurso cabe, ante quién y en qué plazo.[1]
  • Regla general: contra una resolución que no agota la vía administrativa cabe recurso de alzada en el plazo de UN MES desde el día siguiente a la notificación; si no te contestan en 3 meses, el recurso se entiende desestimado.[2]
  • En la Administración Foral, el recurso de alzada contra actos de los órganos de un Departamento lo resuelve la persona titular del Departamento o la Dirección General de la que dependen (art. 126 de la Ley Foral 11/2019).[3]
  • Si te suspenden el pago de forma cautelar por indicios de una causa de extinción (máximo 60 días naturales), tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones.[4]

Plazo para resolver y silencio

El Servicio competente en garantía de ingresos tiene 3 meses desde la entrada de la solicitud en un registro del Gobierno de Navarra para resolver y notificar. Si no contesta en ese plazo, la solicitud se entiende ESTIMADA (silencio positivo). El plazo se suspende mientras te piden que subsanes documentación.[1]

Más detalle en nuestras guías de reclamación previa, recurso de alzada y silencio administrativo, y en qué hacemos si te la deniegan.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Gobierno de Navarra – Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo (Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo). Se solicita en el Servicio Social de Base del domicilio.. Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Más sobre Renta Garantizada de Navarra

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital para cobrar la Renta Garantizada?

Sí. La Renta Garantizada es subsidiaria: antes hay que pedir las prestaciones a las que se pueda tener derecho, y el IMV debe solicitarse previamente. Si te conceden los dos, el IMV cuenta como ingreso y la Renta Garantizada te completa hasta su cuantía máxima. En Navarra el IMV lo tramita el propio Gobierno de Navarra, no el INSS.[5]

¿Cuánto es la Renta Garantizada en 2026?

La cuantía máxima mensual en 2026 va de 810,83 € (una persona) a 1.621,66 € (seis o más miembros). Cobras la diferencia entre esa cuantía y los ingresos de tu familia.[6]

¿Cuánto tardan en contestar y qué pasa si no contestan?

Tienen 3 meses desde que la solicitud entra en un registro del Gobierno de Navarra. Si no resuelven y notifican en ese plazo, se entiende concedida (silencio positivo).[1]

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