Declaración anual de rentas del subsidio por desempleo
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Es una ayuda mensual del SEPE para personas en paro que no tienen derecho al paro contributivo o ya lo han agotado, y que tienen pocos ingresos. Desde el 1 de noviembre de 2024 funciona con las reglas del Real Decreto-ley 2/2024. Se cobra un porcentaje del IPREM que baja con el tiempo, salvo en el subsidio para mayores de 52 años.
Lo que tienes que saber
- Es obligatoria solo en el subsidio para mayores de 52 años: cada 12 meses desde que empezaste a cobrarlo o desde la última reanudación.[1]
- Tienes 15 días hábiles desde que se cumplen los 12 meses. Si no la presentas, se suspenden el pago y la cotización.[2]
- Si la presentas tarde, vuelves a cobrar, pero solo desde la fecha en que la entregas.[3]
- Se presenta en tu Área Personal de la sede del SEPE (Gestiones > Presolicitud de prestación > Declaración anual de rentas), con PIN al móvil o certificado, o en la oficina con cita previa (919 26 79 70).[2]
- Si en esos 12 meses superaste algún mes el límite de rentas, el SEPE suspende el subsidio por ese periodo y regulariza lo cobrado. Si no lo comunicaste, puede abrirte un expediente sancionador.[2]
Te la tramitamos
Más sobre subsidio por desempleo
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de subsidio en 2026?
Según el SEPE, 570 € al mes los primeros 180 días, 540 € del día 181 al 360 y 480 € a partir del día 361. En mayores de 52 años, 480 € todo el tiempo.[4]
¿Cuál es el límite de ingresos para cobrar el subsidio en 2026?
Tus rentas del mes anterior no pueden pasar de 915,75 € brutos (75 % del SMI de 2026, sin pagas extra). Si las superas, puedes entrar acreditando responsabilidades familiares.[4]
¿Puedo trabajar y cobrar el subsidio a la vez?
Sí, por cuenta ajena: el subsidio pasa a ser complemento de apoyo al empleo hasta 180 días. Por cuenta propia (autónomo) no es compatible.[5]
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a280
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/declaracion-anual-de-rentas.html
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/tengo-mas-de-52.html
- https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a282