Tramita el subsidio por cotización insuficiente por WhatsApp

Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 58 €

Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.

Quién la concedeServicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
Cuándo se pideAbierto todo el año, para situaciones legales de desempleo desde el 1 de noviembre de…
Nuestro precio58 € · cerrado

Qué es el subsidio por cotizaciones insuficientes

Es el subsidio del SEPE para quien pierde su trabajo habiendo cotizado entre 90 y 359 días, es decir, sin llegar al año que pide el paro contributivo. Dura de 3 a 21 meses según lo cotizado y tu familia, y se cobra un porcentaje del IPREM.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Requisitos principales

  • Estar en situación legal de desempleo (por ejemplo, fin de contrato o despido) desde el 1 de noviembre de 2024.[1]
  • Haber cotizado al menos 90 días, pero no los 360 días necesarios para el paro contributivo.[2]
  • Estar en paro total o con contratos a tiempo parcial que sumen menos de una jornada completa.[1]
  • No tener rentas propias de más de 915,75 € al mes en 2026 (75 % del SMI sin pagas extra), o acreditar responsabilidades familiares.[3]
  • Inscribirte como demandante de empleo, firmar el acuerdo de actividad y no estar en una situación incompatible.[1]
  • Si trabajaste después de quedarte en paro, el último trabajo tiene que haber terminado de forma involuntaria.[1]

Todos los requisitos explicados →

Cuánto se cobra

  • En 2026: 570 €/mes los primeros 180 días (95 % del IPREM), 540 €/mes del día 181 al 360 (90 %) y 480 €/mes desde el día 361 (80 %).[3]
  • La ley fija los porcentajes sobre el IPREM vigente en cada momento (600 € al mes en 2026).[4]
  • Si tienes derecho al subsidio de mayores de 52 años, cobrarás ese en su lugar.[1]

Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.

Cuantías y cómo se calculan →

Documentos que necesitas

  • Modelo oficial de solicitud del subsidio, que incluye la declaración responsable de rentas del mes anterior (tuyas y, si procede, de tu unidad familiar).[5]
  • DNI o pasaporte en vigor (si eres extranjero: NIE con certificado de registro UE, tarjeta de familiar de ciudadano UE o TIE). Solo se exhibe para comprobar los datos.[5]
  • Un documento bancario con el número de una cuenta de la que seas titular.[5]
  • Declaración de la renta (IRPF) del último ejercicio.[5]
  • Libro de Familia o certificado del Registro Civil, si declaras responsabilidades familiares.[1]
  • Justificantes de los ingresos del mes anterior de tu cónyuge o hijos, si declaras familia a cargo.[6]

Lista completa de documentos →

Plazos

  • Solo puedes pedir el alta inicial en los 6 meses siguientes a tu última situación legal de desempleo. Fuera de ese plazo se deniega.[1]
  • Si lo pides en los 15 días hábiles siguientes, cobras desde el día siguiente a quedarte en paro.[1]
  • Si lo pides después pero dentro de los 6 meses, cobras desde el día de la solicitud, sin perder días.[1]

Cómo te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Si prefieres pedirla tú (gratis)

  • Por internet, en la sede electrónica del SEPE (Solicitud de prestaciones > Solicitud de subsidio por desempleo). Necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, y estar inscrito como demandante de empleo.[7]
  • En tu Área Personal de la sede del SEPE puedes entrar también con un PIN que te envían al móvil y hacer trámites sencillos y seguir tu expediente.[8]
  • En persona, en tu oficina de prestaciones, pidiendo antes cita previa en la sede del SEPE o por teléfono (919 26 79 70).[9]
  • También puedes presentar la solicitud en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo. El trámite es gratuito.[5]

Cuánto tarda la respuesta

Con la solicitud completa, el SEPE debe resolver en 15 días y notificarte en otros 10. Si pasan 3 meses sin respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo y puedes reclamar.[10]

Con qué es compatible

  • Puedes pedirlo manteniendo contratos a tiempo parcial, y si empiezas a trabajar por cuenta ajena se cobra como complemento de apoyo al empleo hasta 180 días.[11]
  • Compatible con rentas mínimas y ayudas sociales, que cuentan como renta.[12]
  • Incompatible con el trabajo por cuenta propia.[13]

Si te la deniegan

  • Si no estás de acuerdo con la resolución, presenta una reclamación previa ante el SEPE en 30 días desde que te la notifican (o desde que pasan 3 meses sin respuesta).[14]
  • El SEPE tiene 45 días para contestar a la reclamación previa. Si no contesta, se entiende rechazada (silencio negativo).[14]
  • Si te rechazan la reclamación, tienes 30 días para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.[14]

Lo que tienes que cumplir si te la conceden

  • Mantener la inscripción como demandante de empleo y cumplir el acuerdo de actividad: buscar empleo, ir cuando te citen y aceptar una colocación adecuada.[15]
  • Pedir la baja en cuanto dejes de cumplir los requisitos o haya una causa de suspensión o incompatibilidad. No hacerlo es infracción grave.[15]
  • Comunicar tu domicilio para notificaciones y cualquier cambio en el momento en que se produzca.[15]
  • Devolver lo que hayas cobrado de más.[15]

Guías sobre subsidio por cotizaciones insuficientes

Preguntas frecuentes

He trabajado 4 meses. ¿Tengo derecho a algo?

Si cotizaste al menos 120 días y cumples los demás requisitos, puedes tener 4 meses de subsidio.[16]

¿Los días que uso para este subsidio me sirven luego para el paro?

No. Las cotizaciones que sirven para este subsidio no se pueden usar después para otra prestación o subsidio.[16]

Trabajé a tiempo parcial. ¿Cómo se cuentan los días?

Se cuenta todo el tiempo de alta, trabajes todos los días o solo algunos y sea cual sea la jornada. No cuentan los periodos de inactividad de los fijos discontinuos.[1]

He tenido varios contratos en los últimos 6 meses. ¿Se suman?

Sí: se tienen en cuenta todas las cotizaciones que no hayas usado ya para otra prestación o subsidio.[1]

¿Hasta cuándo puedo pedirlo?

Hasta 6 meses después de tu última situación legal de desempleo. Mejor en 15 días hábiles para no perder días de cobro.[1]

Fuentes oficiales (consultadas el 11/10/2026). Datos con fines informativos: la norma o la convocatoria pueden cambiar.
  1. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/subsidio-cotizaciones-insuficientes-he-trabajado-menos-de-un-anyo.html
  2. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a274
  3. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/Cuantias-anuales.html
  4. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a278
  5. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/subsidio-agotamiento-prestacion-contributiva.html
  6. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/documentacion-subsidio-agotamiento.html
  7. https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/solicitud-de-prestaciones.html
  8. https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/area-personal.html
  9. https://sede.sepe.gob.es/portalSede/procedimientos-y-servicios/personas/proteccion-por-desempleo/cita-previa.html
  10. https://www.sepe.es/HomeSepe/preguntas-frecuentes/preguntas-frecuentes-prestaciones-desempleo.html
  11. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/subsidio-desempleo/complemento-apoyo-empleo-subsidio.html
  12. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/quiero-cobrar-el-paro/incompatibilidad_compatibilidades.html
  13. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a282
  14. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-15936#a71
  15. https://www.sepe.es/HomeSepe/prestaciones-desempleo/quiero-cobrar-el-paro/obligaciones-infracciones-sanciones.html
  16. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a277
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