Cuánto se cobra con la Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA) de Galicia
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Esto es lo que fija la norma. El importe concreto de cada persona depende de sus ingresos y de su hogar, y lo calcula el organismo al resolver.
Cuantías
- La RISGA se calcula sobre el IPREM; la Xunta indica que en 2026 el IPREM es de 600 € al mes (7.200 € al año).[1]
- Persona sola (ingreso mínimo, 78,20 % del IPREM): hasta 469,20 € al mes en 2026.[1]
- Importe máximo del tramo personal y familiar en 2026 según personas del hogar: 2 personas, 556,80 €; 3, 631,80 €; 4, 694,20 €; 5, 750 € (756,60 € con menores); 6, 750 € (819 € con menores); 7 o más, 750 € (840 € con menores).[1]
- Complementos por cada persona más del hogar: 14,60 % del IPREM la primera (87,60 € en 2026), 12,50 % la segunda (75 €) y 10,40 % la tercera y siguientes (62,40 €). Tope: 125 % del IPREM sin menores (750 €) y 140 % con menores (840 €).[2]
- Cobras la diferencia entre el importe que te corresponde y los ingresos de tu hogar. Si te descuentan ingresos, el mínimo que cobras es el 25 % del IPREM (150 € al mes en 2026).[1]
- Tramo de inserción (si firmas un convenio de inclusión sociolaboral): se suma un 15 % del IPREM (90 € en 2026) como incentivo, o hasta un 35 % (210 €) si participas en formación.[1]
- Complemento de alquiler (si se valora que te corresponde): entre el 10,40 % del IPREM (62,40 € en 2026, sin menores) y el 15,60 % (93,60 €, con menores).[1]
- Tramo de transición al empleo: si encuentras trabajo, la RISGA puede completar tu sueldo el primer mes hasta el 135 % del salario mínimo interprofesional, y después va bajando poco a poco.[3]
Duración y pago
- El derecho al tramo personal y familiar es anual y se prorroga si siguen las circunstancias, tras una revisión anual de requisitos y del cumplimiento del proyecto de integración social.[4]
- Una vez concedida, cobras desde el día 1 del mes siguiente a aquel en que la Xunta recibe el informe social, el proyecto de integración social y toda la documentación (si llegan en meses distintos, cuenta el último).[5]
- El tramo de inserción dura como máximo 12 meses, prorrogables 6 más (18 en total).[6]
- El tramo de transición al empleo se cobra como máximo 6 meses, una sola vez, y solo si el contrato dura al menos 6 meses seguidos.[1]
- La RISGA no se puede embargar ni retener, es personal y no se puede transmitir.[7]
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Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar la RISGA y el Ingreso Mínimo Vital a la vez?
La ley gallega no nombra el IMV, pero cuenta como ingreso cualquier prestación: si el IMV es igual o mayor que la pensión no contributiva, la RISGA es incompatible; si es menor, se descuenta. A la inversa, la RISGA no reduce el IMV porque la ley estatal no la cuenta como ingreso.[7]
¿Tengo que pedir antes el IMV para cobrar la RISGA?
La ley no exige pedir el IMV antes de solicitar la RISGA. Pero si cobras la RISGA estás obligado a pedir las pensiones y prestaciones a las que tenga derecho cualquier persona de tu hogar, en los plazos que te marque la Xunta.[8]
¿Cuánto cobra una persona sola en 2026?
Como máximo 469,20 € al mes (78,20 % del IPREM de 600 €). Se resta lo que ya ingreses, con un mínimo de 150 € al mes si te descuentan ingresos.[1]
- https://politicasocial.xunta.gal/es/areas/inclusion-social/ayudas-y-prestaciones/renta-de-inclusion-social-de-galicia-risga
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a2-3
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a3-4
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a2-4
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a3-9
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a2-11
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a6
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-884#a4-4