Requisitos de la Renta Social Garantizada de Baleares

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.

Requisitos

  • Por regla general tienes que tener entre 23 y 64 años. También pueden pedirla mayores de 65 años sin derecho a pensión contributiva ni no contributiva, y personas de 18 a 22 años con menores o personas con discapacidad a cargo, víctimas de violencia machista o de trata, o extuteladas que cobren el IMV.[1]
  • Tienes que haber pedido antes el Ingreso Mínimo Vital, salvo que presentes una declaración responsable de que no puedes pedirlo porque no cumples sus requisitos. También tienes que haber pedido los subsidios de paro y otras pensiones o prestaciones a las que tengas derecho.[2]
  • Tienes que estar empadronado en un municipio de Baleares y acreditar residencia legal ininterrumpida en las islas desde al menos 3 años antes de la solicitud (no se exige a menores incorporados por nacimiento o adopción, ni si estuviste fuera menos de 4 meses por trabajo).[2]
  • Si no trabajas ni estudias estudios oficiales, tú y los adultos en edad de trabajar de tu hogar tenéis que estar inscritos como demandantes de empleo en el SOIB, y no haber rechazado una oferta adecuada ni dejado un trabajo voluntariamente en los 3 meses anteriores (excepto por salud mental o adicciones acreditadas).[2]
  • La unidad de convivencia tiene que existir desde al menos 6 meses antes de la solicitud (no se aplica si vives solo), y no puedes ser ya beneficiario de la RESOGA o del IMV en otro hogar.[2]
  • Tus ingresos y los de tu hogar tienen que ser inferiores a la cuantía de RESOGA que os corresponde. Los ingresos de familiares de primer grado cuentan al 100% y los de segundo grado al 50%.[3]

Lo que tendrás que cumplir después

  • Comunicar en un máximo de 30 días los cambios de domicilio, de miembros del hogar, de ingresos, de situación laboral o la concesión de cualquier otra prestación (hay un modelo de comunicación de cambios).[4]
  • Vivir de forma efectiva en Baleares: las salidas de más de 1 mes en 12 meses (o de más de 4 meses por trabajo, salud o formación) cuentan como ausencia y deben comunicarse antes.[4]
  • Seguir inscrito como demandante de empleo, no rechazar ofertas adecuadas, ir a las entrevistas de seguimiento y devolver lo cobrado indebidamente.[4]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Govern de les Illes Balears – Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia (Dirección General de Bienestar Social, Servicio de Reconocimiento de Prestaciones Sociales de Carácter Económico). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?

Sí, salvo que firmes una declaración responsable de que no cumples los requisitos del IMV. Y cada año tienes que volver a pedirlo o renovar esa declaración.[5]

¿Puedo cobrar la RESOGA y el IMV a la vez?

No. Si te conceden el IMV, la RESOGA se extingue y tendrás que devolver lo cobrado desde la fecha en que empieza el IMV.[6]

¿Cuánto se cobra en 2026?

Desde junio de 2026, la cuantía garantizada es de 757,63 € al mes para un adulto solo y hasta 1.666,80 € para hogares grandes, menos los ingresos que tengáis.[7]

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