Qué hacer si te deniegan la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Si te deniegan la ayuda, la resolución tiene que decir el motivo, el recurso que cabe y el plazo. Esto es lo que dice la norma.

Qué puedes hacer

  • Puedes recurrir la resolución de la Delegación Territorial. El recurso que procede, el órgano y el plazo vienen indicados al pie de la propia resolución; si es recurso de alzada, el plazo general es de 1 mes desde la notificación.[1]
  • Si la RMISA se extingue por fraude en la declaración o por incumplir el Plan de inclusión, tienes que esperar al menos 6 meses desde la extinción para volver a pedirla (salvo urgencia o emergencia social).[2]

Plazo para resolver y silencio

La Delegación Territorial tiene 2 meses para resolver y notificar, contados desde el día 1 del mes siguiente a la entrada de la solicitud. Si no contesta en ese plazo, puedes entenderla desestimada (silencio negativo), aunque sigue obligada a resolver.[2]

Más detalle en nuestras guías de reclamación previa, recurso de alzada y silencio administrativo, y en qué hacemos si te la deniegan.

Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Junta de Andalucía – Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (resuelven las Delegaciones Territoriales). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?

Sí, por regla general. Necesitas una resolución que te deniegue el IMV dictada ese mismo año. Solo se libran algunos casos (jóvenes de 18-22 años con discapacidad, asilo en trámite) y las situaciones de urgencia o emergencia social.[2]

¿Puedo cobrar la RMISA y el IMV a la vez?

No, son incompatibles; si te conceden el IMV, la RMISA se extingue. La excepción son las situaciones de urgencia o emergencia social, en las que sí se pueden cobrar las dos.[2]

¿Cuánto se cobra en 2026?

Depende de tus ingresos y de cuántos sois en casa. La referencia para una persona sola es 733,60 € al mes en 2026, con un máximo de 1.613,92 € para familias de 5 o más.[3]

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