Requisitos de la Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.

Requisitos

  • Tienes que tener vecindad administrativa en Andalucía y estar empadronado con tu unidad familiar en el mismo domicilio de un municipio andaluz al menos 1 año antes de pedirla (hay excepciones: violencia de género, trata, emigrantes retornados, personas sin hogar, refugiados, jóvenes extutelados, entre otras).[1]
  • Por regla general, la persona solicitante tiene que tener entre 25 y 64 años, ambos incluidos (el Decreto-ley 3/2017 prevé excepciones).[2]
  • Tienes que tener una resolución expresa que te deniegue el Ingreso Mínimo Vital, dictada en el mismo año en que pides la RMISA, y que no haya después una resolución favorable del IMV. Se libran de este requisito, por ejemplo, quienes no pueden pedir el IMV por edad (18-22 años con discapacidad o con personas con discapacidad a cargo), y quienes están en trámite de asilo o protección internacional.[1]
  • Tienes que estar inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupado. Los demás miembros mayores de 16 años también deben estar inscritos, salvo excepciones (estudios reglados, cuidar a una persona dependiente, pensión de jubilación o incapacidad absoluta, autónomos, o informe social).[1]
  • Los ingresos mensuales de toda la unidad familiar tienen que ser inferiores a la cuantía de RMISA que os correspondería, y entre todos no podéis tener ahorros, depósitos o valores por encima del importe anual de la pensión no contributiva (8.803,20 € en 2026).[3]
  • Tienes que firmar el compromiso de participar en el Plan de inclusión sociolaboral y estar dado de alta en el censo de la Agencia Tributaria.[1]
  • Si estás en situación de urgencia o emergencia social (violencia de género, trata, desahucio o pérdida de vivienda, enfermedad grave), puedes acceder aunque no cumplas el empadronamiento de 1 año o la inscripción como demandante de empleo; se tramita con prioridad a través de los servicios sociales comunitarios.[4]

Lo que tendrás que cumplir después

  • Comunicar a la Delegación Territorial (mejor a través de servicios sociales) cualquier cambio en lo que declaraste en un máximo de 15 días desde que ocurra. No hacerlo es causa de extinción.[1]
  • Participar en el Plan de inclusión sociolaboral, no rechazar sin motivo ofertas de empleo adecuadas y pedir las prestaciones a las que tengas derecho.[1]
  • Devolver lo cobrado de más si se extingue o se reduce la prestación por un cambio de circunstancias.[1]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre Junta de Andalucía – Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (resuelven las Delegaciones Territoriales). Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

Más sobre Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?

Sí, por regla general. Necesitas una resolución que te deniegue el IMV dictada ese mismo año. Solo se libran algunos casos (jóvenes de 18-22 años con discapacidad, asilo en trámite) y las situaciones de urgencia o emergencia social.[1]

¿Puedo cobrar la RMISA y el IMV a la vez?

No, son incompatibles; si te conceden el IMV, la RMISA se extingue. La excepción son las situaciones de urgencia o emergencia social, en las que sí se pueden cobrar las dos.[1]

¿Cuánto se cobra en 2026?

Depende de tus ingresos y de cuántos sois en casa. La referencia para una persona sola es 733,60 € al mes en 2026, con un máximo de 1.613,92 € para familias de 5 o más.[3]

WhatsApp 620 001 166 · Te contesta una persona
Scroll al inicio