Requisitos de la tarifa social del agua

Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.

Tramitar por WhatsAppPrecio cerrado · 48 €

Estos son los requisitos que exige la norma vigente. Antes de presentar tu solicitud comprobamos contigo cada uno.

Requisitos

  • Madrid (Canal de Isabel II, exención social): ser titular o usuario que acredite no poder pagar la factura, en tu vivienda habitual, con certificado de IMV, Renta Mínima de Inserción, pensión no contributiva o Renta Activa de Inserción, o informe favorable del trabajador social.[1]
  • Sevilla (EMASESA): ingresos íntegros de todas las personas empadronadas por debajo de los umbrales en IPREM según el número de personas; por ejemplo, persona sola hasta 1,30 IPREM (25 %), 1,15 (50 %), 1,05 (75 %) o 0,95 IPREM (100 %).[2]
  • Barcelona y área metropolitana (Aigües de Barcelona): familias con todos sus miembros en paro, perceptores de pensión mínima, personas en vulnerabilidad económica según la normativa o con informe de servicios sociales de riesgo de exclusión residencial.[3]
  • En general, la bonificación solo se aplica a la vivienda habitual y suele exigir estar empadronado en ella.[4]
  • Si tienes el bono social eléctrico, la última factura de luz que lo refleje basta para acreditar ante la empresa de agua que eres consumidor vulnerable a efectos de que no te corten el suministro.[5]

Lo que tendrás que cumplir después

  • Madrid: mantener la situación que da derecho y permitir que el Canal compruebe que sigue vigente.[4]
  • Sevilla: tener un uso efectivo de agua durante el periodo (si no hay consumo por causa justificada, se puede bonificar solo la cuota fija).[2]
Somos una gestoría privada, no la Administración. Puedes pedir esta ayuda gratis por tu cuenta (abajo te explicamos cómo); nosotros cobramos por gestionarla. Quien concede o deniega la ayuda es siempre No es estatal: la fija cada ayuntamiento o ente supramunicipal y la aplica la empresa de aguas de tu municipio. Las cifras son las que fija la norma: no prometemos importes.

Te la tramitamos

1Nos escribesPor WhatsApp. Te decimos si podrías pedirla, qué documentos hacen falta y el precio cerrado.
2Revisamos tus papelesFirmas la autorización y una persona del equipo comprueba requisitos y documentos.
3La presentamosEn tu nombre y en plazo. Te enviamos el justificante de registro y seguimos el expediente.

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Preguntas frecuentes

¿Existe un bono social del agua para toda España?

No. Cada ayuntamiento o empresa de aguas tiene su propia tarifa social. Lo que sí es estatal es la prohibición de cortar el agua a consumidores vulnerables hasta el 31/12/2026.[6]

Tengo el bono social de la luz, ¿me sirve para el agua?

Para que no te corten el agua, sí: basta con enseñar la última factura de luz con el bono social. Para el descuento, depende de las reglas de tu municipio.[5]

Vivo en Madrid y cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿qué hago?

Pide la bonificación por exención social al Canal de Isabel II con el certificado del IMV (por la Oficina Virtual o el 900 365 365).[4]

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