Tramita la tarifa social del agua por WhatsApp
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: No es estatal: la fija cada ayuntamiento o ente supramunicipal y la aplica la empresa de aguas de tu municipio. Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es la tarifa social del agua
Es un descuento en la factura del agua para hogares con pocos ingresos o en situación de vulnerabilidad. No hay una ayuda estatal: cada ayuntamiento o empresa de aguas tiene sus propias reglas, porcentajes y forma de pedirla. Además, hasta el 31 de diciembre de 2026 no se puede cortar el agua a los consumidores vulnerables que define la normativa del bono social eléctrico.
Requisitos principales
- Madrid (Canal de Isabel II, exención social): ser titular o usuario que acredite no poder pagar la factura, en tu vivienda habitual, con certificado de IMV, Renta Mínima de Inserción, pensión no contributiva o Renta Activa de Inserción, o informe favorable del trabajador social.[1]
- Sevilla (EMASESA): ingresos íntegros de todas las personas empadronadas por debajo de los umbrales en IPREM según el número de personas; por ejemplo, persona sola hasta 1,30 IPREM (25 %), 1,15 (50 %), 1,05 (75 %) o 0,95 IPREM (100 %).[2]
- Barcelona y área metropolitana (Aigües de Barcelona): familias con todos sus miembros en paro, perceptores de pensión mínima, personas en vulnerabilidad económica según la normativa o con informe de servicios sociales de riesgo de exclusión residencial.[3]
- En general, la bonificación solo se aplica a la vivienda habitual y suele exigir estar empadronado en ella.[4]
- Si tienes el bono social eléctrico, la última factura de luz que lo refleje basta para acreditar ante la empresa de agua que eres consumidor vulnerable a efectos de que no te corten el suministro.[5]
Todos los requisitos explicados →
Cuánto se cobra
- Madrid (Canal de Isabel II, 2026): se bonifica el consumo hasta 20 m³ por bimestre y el 50 % de la cuota fija de servicio. Ejemplo del Canal: 20 m³ al bimestre, 9 € con bonificación frente a 38 € sin ella (contador de 15 mm).[1]
- Sevilla (EMASESA): descuento del 25 %, 50 %, 75 % o 100 % según ingresos, para un consumo de hasta 110 litros por persona y día; también se bonifican las cuotas fijas, la contratación y las reconexiones.[2]
- Barcelona (Aigües de Barcelona): 100 % de la cuota de servicio y del precio de los tramos 1 y 2 del suministro de agua. Además, la tarifa social del canon de la Agencia Catalana del Agua deja el canon a 0 € si no pasas del primer tramo (50 % si lo pasas).[3]
- Sevilla: las personas con discapacidad de al menos el 33 % o dependencia de grado III atendidas en casa cuentan como dos al calcular el umbral.[2]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Madrid: impreso de solicitud de bonificación del Canal y certificado de IMV, RMI, pensión no contributiva o RAI, o informe del trabajador social; si no eres el titular del contrato, certificado de empadronamiento.[4]
- Sevilla: formulario «Solicitud Tarifa Social» de EMASESA con la documentación que detalla su guía informativa (marzo de 2026).[2]
- Barcelona: informe de servicios sociales (si lo tienes) o trámite en la web de la Agencia Catalana del Agua.[3]
- Normalmente: DNI/NIE, empadronamiento y justificante de ingresos o de la prestación que cobras.[4]
Plazos
- Madrid: se puede pedir en cualquier momento; se aplica desde la factura siguiente a la solicitud completa.[4]
- Garantía estatal: no se puede suspender el suministro de agua a consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión del 1/01/2026 al 31/12/2026.[6]
Cómo te la tramitamos
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Madrid: en la Oficina Virtual del Canal, en clientes@canaldeisabelsegunda.es, en el teléfono gratuito 900 365 365 (lunes a viernes, 8:00-20:00), con cita en el centro de José Abascal, 10 o por correo a Santa Engracia, 125 (28003 Madrid).[4]
- Sevilla: en la Oficina Online de EMASESA, por correo a tarifasocial@emasesa.com o en sus Puntos de Atención Ciudadana con cita previa.[2]
- Barcelona: con informe de servicios sociales, directamente en Aigües de Barcelona; el resto, en la web de la Agencia Catalana del Agua o llamando al 012.[3]
- En otros municipios: pregunta a tu empresa de aguas o a los servicios sociales de tu ayuntamiento. Es un trámite gratuito.[3]
Cuánto tarda la respuesta
No hay un plazo común: lo fija cada empresa de aguas u ordenanza municipal. En Madrid, la bonificación se aplica desde la factura siguiente a la solicitud con la documentación completa.[4]
Con qué es compatible
- Madrid: la exención social no se puede sumar a la bonificación por pensión de viudedad ni a la de vivienda no autorizada.[4]
- Barcelona: la tarifa social del canon de la ACA da además descuentos en la tasa metropolitana de residuos (50 % o 100 % según el caso).[3]
Si te la deniegan
- Reclama primero a la empresa de aguas (atención al cliente) y pide el motivo por escrito. Si la tarifa la fija una ordenanza o una administración (como el canon de la ACA), podrás recurrir según indique su resolución, normalmente en 1 mes.[7]
- Pide a los servicios sociales de tu ayuntamiento un informe de vulnerabilidad: en Madrid y Barcelona ese informe da acceso directo a la bonificación.[1]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Madrid: mantener la situación que da derecho y permitir que el Canal compruebe que sigue vigente.[4]
- Sevilla: tener un uso efectivo de agua durante el periodo (si no hay consumo por causa justificada, se puede bonificar solo la cuota fija).[2]
Guías sobre tarifa social del agua
Preguntas frecuentes
¿Existe un bono social del agua para toda España?
No. Cada ayuntamiento o empresa de aguas tiene su propia tarifa social. Lo que sí es estatal es la prohibición de cortar el agua a consumidores vulnerables hasta el 31/12/2026.[6]
Tengo el bono social de la luz, ¿me sirve para el agua?
Para que no te corten el agua, sí: basta con enseñar la última factura de luz con el bono social. Para el descuento, depende de las reglas de tu municipio.[5]
Vivo en Madrid y cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿qué hago?
Pide la bonificación por exención social al Canal de Isabel II con el certificado del IMV (por la Oficina Virtual o el 900 365 365).[4]
En Sevilla, ¿cuánto descuento me toca?
Del 25 % al 100 % según tus ingresos y las personas empadronadas, para hasta 110 litros por persona y día.[2]
No sé quién lleva el agua en mi pueblo, ¿dónde pregunto?
Mira el nombre de la empresa en tu factura del agua o pregunta en los servicios sociales de tu ayuntamiento.[3]
- https://oficinavirtual.canaldeisabelsegunda.es/documents/2106432/2122006/Tarifas+2026_Canal+de+Isabel+II+-+web.pdf/93924022-6396-2be8-d36e-cc33509c01b1?t=1782165682894
- https://www.emasesa.com/usuarios/tarifa-social-y-ayudas/tarifa-social/
- https://www.aiguesdebarcelona.cat/es/tu-servicio-del-agua/bonificaciones
- https://oficinavirtual.canaldeisabelsegunda.es/documents/2106432/2122006/bonificacion_exencion_social.pdf/abe01c2c-142c-e3c9-2678-06fe7f1c672d?t=1571655745002
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-7351#a4
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-6544#a4
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565#a124