Qué hacer si te deniegan la Renta Social Básica de Cantabria
Datos oficiales comprobados el 11/10/2026. Y si quieres, te la tramitamos nosotros.
Si te deniegan la ayuda, la resolución tiene que decir el motivo, el recurso que cabe y el plazo. Esto es lo que dice la norma.
Qué puedes hacer
- La resolución la dicta la Dirección del ICASS. Puedes recurrirla en el plazo y ante el órgano que indique la resolución; la ley prevé recurso de alzada ante la Consejería para otras resoluciones del ICASS, y el plazo general de la alzada es de 1 mes.[1]
Plazo para resolver y silencio
Resuelve la Dirección del ICASS. Si en 6 meses desde la solicitud no te han notificado la resolución, puedes considerarla desestimada (silencio negativo), aunque siguen obligados a resolver.[1]
Más detalle en nuestras guías de reclamación previa, recurso de alzada y silencio administrativo, y en qué hacemos si te la deniegan.
Te la tramitamos
Más sobre Renta Social Básica
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedir antes el Ingreso Mínimo Vital?
Sí. La ley exige haber solicitado el IMV y las demás pensiones o prestaciones a las que tengas derecho antes de pedir la renta social básica.[1]
¿Puedo cobrar la renta social básica y el IMV a la vez?
Sí, si después de contar el IMV como ingreso aún queda diferencia hasta la cuantía de Cantabria; la renta solo cubre esa diferencia.[1]
¿Cuánto es en 2026?
El 80% del IPREM para una persona sola: 480 € al mes con el IPREM de 2026, hasta 750 € para familias, más un 15% extra temporal durante 2026.[2]