Ayudas por nacimiento y natalidad en Cataluña
Preparamos tu solicitud, la presentamos en tu nombre y te mandamos el justificante. La concede: Generalitat de Catalunya – Departament de Drets Socials i Inclusió (prestación) y Agència Tributària de Catalunya (deducción en el IRPF). Somos una gestoría privada: pedirla por tu cuenta es gratis.
Datos comprobados en fuentes oficiales el 11/10/2026.
Qué es la ayudas a la natalidad en Cataluña
En 2026 la Generalitat de Catalunya tiene dos ayudas propias cuando llega un hijo o hija a la familia. 1) La Prestación para familias con niños: un pago único por cada niño nacido, adoptado, tutelado o acogido, para familias que no pasan de un límite de ingresos. 2) La deducción autonómica en el IRPF por nacimiento, adopción o acogimiento, que se aplica en la declaración de la renta. Cataluña ya no tiene la antigua prestación universal por parto o adopción múltiple (suprimida en 2020) y no hemos encontrado ninguna prestación universal por crianza vigente en 2026.
Requisitos principales
- Prestación para familias con niños: tiene que haber llegado a tu familia un niño o niña por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento (preadoptivo, o simple en familia extensa o ajena).[1]
- Prestación para familias con niños: tienes que vivir legalmente en Cataluña y uno de los progenitores tiene que llevar al menos 5 años de residencia legal en Cataluña, 2 de ellos justo antes de pedirla (salvo personas retornadas según la Ley 25/2002).[1]
- Prestación para familias con niños: los ingresos anuales de la familia no pueden pasar de 2,9 veces el IRSC; en 2026 son 27.904,32 € hasta 3 miembros y 36.275,62 € con 4 (sube con cada miembro más).[1]
- Prestación para familias con niños: toda la unidad familiar tiene que convivir cuando la pides (excepto en casos de violencia machista acreditada).[1]
- Deducción en el IRPF: tiene que haber nacido o haber sido adoptado un hijo o hija durante el año de la declaración. También vale el acogimiento familiar de menores acordado según la Ley 14/2010 de Cataluña.[2]
- Deducción en el IRPF: por un mismo menor no puedes sumar la deducción por adopción y la de acogimiento (son incompatibles).[3]
Cuánto se cobra
- Prestación para familias con niños: 650 € por cada niño o niña, en un único pago; 750 € si tienes título de familia numerosa o monoparental en relación con ese niño (datos de la página oficial, actualizada el 15/07/2026).[1]
- Prestación para familias con niños: si llegan varios niños a la vez, hay derecho a la prestación por cada uno de ellos.[4]
- Deducción en el IRPF: 150 € para cada progenitor en declaración individual, 300 € en declaración conjunta y 300 € para el progenitor de una familia monoparental (importes del ejercicio 2025).[2]
Es lo que fija la norma: tu importe concreto depende de tus ingresos y de tu hogar, y lo calcula el organismo.
Documentos que necesitas
- Prestación para familias con niños: DNI o NIE de quien la pide (y el NIE anterior si tienes la nacionalidad española desde hace menos de 10 años) y datos y documento de identidad del otro progenitor.[1]
- Prestación para familias con niños: datos del niño o niña con su DNI, NIE o tarjeta sanitaria (TSI); si aún no la tiene, te la pedirán después.[1]
- Prestación para familias con niños: correo electrónico e IBAN de una cuenta de la que seas titular.[1]
- Prestación para familias con niños: si todos los progenitores tenéis NIE, certificado de extranjería que acredite 5 años de residencia legal de uno de ellos; si estás separado o divorciado, el convenio regulador.[1]
Plazos
- Prestación para familias con niños: 3 meses desde el día siguiente al nacimiento, adopción, tutela o acogimiento, si ocurrió desde el 14/07/2026. Si fue hasta el 13/07/2026, el plazo era de 1 mes.[1]
- Deducción en el IRPF: se aplica en la declaración de la renta del año en que nace, se adopta o se acoge al menor.[2]
Cómo te la tramitamos
Si prefieres pedirla tú (gratis)
- Prestación para familias con niños: por internet con certificado digital o idCAT Mòbil, en una oficina de atención ciudadana con cita previa (web o 012) o por videollamada con cita. Es gratuita.[1]
- Deducción en el IRPF: no se pide aparte; la marcas en tu declaración de la renta, dentro de las deducciones del tramo autonómico de Cataluña.[2]
Cuánto tarda la respuesta
Prestación para familias con niños: la Generalitat tiene un máximo de 6 meses para resolver; si no contesta, se entiende denegada.[1]
Con qué es compatible
- La Prestación para familias con niños es compatible con cualquier otra ayuda familiar de las administraciones públicas.[1]
Si te la deniegan
- Prestación para familias con niños: recurso de alzada en 1 mes desde el día siguiente a la notificación; después solo queda la vía judicial (contencioso-administrativa).[5]
Lo que tienes que cumplir si te la conceden
- Prestación para familias con niños: comunica a la Direcció General de Prestacions Socials los cambios de unidad familiar, cuenta bancaria o domicilio.[6]
Preguntas frecuentes
¿Hay en Cataluña un 'cheque bebé' para todas las familias?
No. La ayuda de la Generalitat por nacimiento (Prestación para familias con niños) depende de los ingresos: en 2026, hasta 27.904,32 € al año para familias de hasta 3 miembros.[1]
¿Hay una ayuda catalana especial por parto múltiple?
Ya no: la prestación universal por parto o adopción múltiple de la Ley 18/2003 se suprimió desde el 1 de septiembre de 2020. Ahora la prestación por nacimiento se cobra por cada niño.[7]
¿Puedo cobrar la prestación y además aplicarme la deducción en la renta?
La Generalitat dice que la prestación es compatible con cualquier otra ayuda familiar. La deducción del IRPF es un beneficio fiscal aparte que se aplica en tu declaración.[1]
¿Qué ayudas catalanas hay por tener un hijo?
La Generalitat enumera como prestación autonómica la Prestación para familias con niños; la Agència Tributària de Catalunya añade la deducción del IRPF por nacimiento o adopción. Las del Estado (Seguridad Social) son aparte.[8]
- https://tramits.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Prestacio-per-a-families-amb-infants?moda=1
- https://atc.gencat.cat/ca/tributs/irpf/deduccions-tram-irpf/
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-6951#a6-3
- https://www.boe.es/ccaa/dogc/2026/9706/f00001-00146.pdf
- https://tramits.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Prestacio-per-a-families-amb-infants?moda=3
- https://tramits.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Prestacio-per-a-families-amb-infants?moda=2
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-15896#a11
- https://dretssocials.gencat.cat/ca/ambits_tematics/families/ajudes-prestacions/